En el marco del Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor (FIAG) que se realiza en Buenos Aires, el Director del SERNAC y su par brasileña acordaron trabajar en conjunto para resguardar los derechos de los consumidores ante la eventual fusión Lan-Tam.

El  Director  del  SERNAC,  Juan  Antonio  Peribonio,  y  la  Directora del Departamento  de  Protección  y  Defensa  del  Consumidor de Brasil Juliana Pereira da Silva, acordaron trabajar en conjunto ante la eventual fusión de las empresas Lan y Tam en resguardo de los derechos de los consumidores.
La  reunión  se  dio  en  el  marco  del  Foro  Iberoamericano  de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor (FIAG) que se realiza en Buenos Aires y en la que participan ambas instituciones.
Las  autoridades  buscan  anticiparse  para  fortalecer  la  defensa de los consumidores  en  ambos  países  considerando  que la coordinación de ambas agencias  va  a  profundizar la libre competencia y permitirá resguardar de mejor  manera que se cumplan las condiciones exigidas por el Tribunal de la
Libre Competencia.
En lo práctico, el Sernac enviará a Brasil las condiciones que establezca el Tribunal para la eventual la fusión y Brasil por su parte, compartirá los reglamentos que tienen respecto a la aviación civil para hacer un monitoreo conjunto de la operación si llega a autorizarse definitivamente, lo que se complementará con lo que decidan las autoridades antimonopolio de ese país.
Para Peribonio, “no hay mayor beneficio para los consumidores que exista una sana y libre competencia en el mercado y que se respeten de sus derechos”. Por ello, explica, el SERNAC ha cooperado con el Tribunal de Libre competencia entregando su opinión técnica respecto a situaciones del mercado que puedan afectar esos derechos para que se tomen medidas preventivas.
Señala que el crecimiento de las empresas, debe ir a la par de los derechos de  los consumidores. “Una operación de mercado como puede ser la fusión de las empresas, no necesariamente atenta contra la libre competencia, siempre y  cuando se tomen medidas para prevenir que se afecten los derechos de los
consumidores”.  Entre ellos, el derecho a una información veraz y oportuna, el  derecho  a  libre  elección,  a  la  no discriminación arbitraria, a la calidad   de   los   productos   y   servicios,   y  a  que  no  se  niegue
injustificadamente un servicio.
En  ese  sentido,  para el SERNAC, toda operación que implique la fusión de las  empresas  debe  tener  resguardos mínimos para los consumidores. Entre ellos:
  ·   Que  se de un trato igualitario a todos los consumidores del país en cuanto a la innovación de productos y precios de venta.
  ·   Que  no  se  perjudique  la calidad de los productos y se asegure el derecho a la garantía legal.
  ·   Que  se  informe  al  SERNAC  cualquier medida que impliquen alza de precios  o medidas que afecten la calidad o cantidad de los productos a la venta.
Estos aspectos mínimos para el resguardo de los consumidores deberán entenderse incluidos en las condiciones que les exija el tribunal a las empresas.
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